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Licencias y normativa en obras de comunidades

Qué permisos hace falta pedir antes de tocar un edificio en Madrid, quién los tramita y qué pasa si se empieza sin ellos. La comunidad no debería perseguir ni un papel: es parte de nuestro trabajo.

Qué hay que pedir

Los permisos de una obra de comunidad

Varían según el distrito, el tipo de obra y si el edificio está protegido. Esto es el esquema general.

01

Licencia o declaración responsable

Según el alcance de la obra, el Ayuntamiento exige licencia urbanística o admite una declaración responsable con proyecto y técnico.

  • Obra mayor: fachada completa, cubierta, estructura, ascensor
  • Obra menor: intervenciones puntuales sin afectar a estructura
  • Plazos y tasas distintos en cada distrito
02

Ocupación de vía pública

Para el andamio, el contenedor o la plataforma. Se paga por metros y por días, y es una partida que debe estar desglosada en el presupuesto.

  • Autorización municipal previa
  • Señalización y paso peatonal protegido
  • Prórroga si la obra se alarga
03

Seguridad y salud

Obligatorio en obra con riesgo de caída en altura, que es prácticamente cualquier fachada o cubierta.

  • Estudio o estudio básico de seguridad y salud
  • Plan de seguridad de la empresa ejecutora
  • Coordinador cuando concurren varias empresas
04

Edificios protegidos

En zonas con protección o en edificios catalogados, hay un paso más y los plazos se alargan.

  • Informe previo de patrimonio
  • Limitaciones en materiales, colores y soluciones
  • Conviene contarlo con antelación en la junta
Responsabilidades

Quién responde de qué

La duda que aparece siempre y que conviene tener clara antes de firmar.

Qué pasa si se empieza sin licencia

Además de la sanción, la obra puede quedar paralizada con el andamio montado y facturando alquiler, y la comunidad se queda con el edificio a medias y el reloj corriendo. En obras derivadas de una ITE desfavorable el problema es peor, porque el plazo de subsanación sigue avanzando.

No es un riesgo teórico: es la razón por la que tramitamos nosotros y no lo dejamos en manos de la comunidad.

ITE

Cuando la obra viene de una inspección

La inspección técnica del edificio marca deficiencias con plazo. Si sale desfavorable, la obra deja de ser una decisión de la junta y pasa a ser una obligación con calendario.

La ITE en sí no la hacemos nosotros: la lleva obrados.es, del mismo grupo. Lo que hacemos es leer el informe, traducirlo a capítulos de obra con su precio y ejecutarlo dentro del plazo, dejando acreditada la subsanación.

  • Traemos el informe a la junta traducido. Qué exige exactamente, en qué plazo y cuánto cuesta cada punto.
  • Separamos lo obligatorio de lo recomendable. No todo lo que dice un informe tiene el mismo carácter.
  • Ejecutamos dentro del plazo y entregamos la documentación que acredita que se ha subsanado.

¿Tenéis dudas con los permisos?

Contadnos qué obra queréis hacer y os decimos qué hace falta pedir, cuánto tarda y cuánto cuesta en vuestro distrito.

Teléfono622 630 800
Correoinfo.servicios@obrados.madrid
DirecciónCalle de Alcalá 578, 1º D · 28022 Madrid

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